35/2025 Paseo Gastronómico -Plaza Hipólito Yrigoyen-
Realicó, 28 de noviembre de 2025
ORDENANZA
VISTO:
La concurrencia de carros gastronómicos en la Plaza Hipólito Yrigoyen y la necesidad de ordenar el espacio público; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento N°1597 estipula que corresponde al Concejo Deliberante dictar ordenanzas referidas a “el tránsito y estacionamiento en las calles y caminos de jurisdicción municipal”;
Que las Ordenanzas 43/2012 y su modificatoria 26/2021, regulan la actividad de los carros gastronómicos;
Que los días sábados, domingos y feriados, constituyen un tiempo de encuentro comunitario en torno a la Plaza Hipólito Yrigoyen, núcleo de actividades recreativas, culturales y familiares;
Que los mencionados carros se han consolidado como una propuesta gastronómica y social que dinamiza el centro comercial, promueve el consumo local y aporta identidad al paseo de los fines de semana;
Que el estacionamiento de vehículos particulares en la Av. Mullally genera conflictos del uso de los espacios por parte de los propietarios de los carros gastronómicos y, a su vez, potenciales riesgos para peatones, trabajadores y consumidores;
Que se debe compatibilizar el derecho a la circulación vehicular con la promoción de actividades económicas locales, priorizando la seguridad vial y la convivencia vecinal;
Que la instalación de un Paseo Gastronómico contribuye a la construcción de identidad y sentido de pertenencia, fortalece el entramado social y cultural y consolida a la Plaza Hipólito Yrigoyen como ámbito de referencia para la vida pública realiquense;
Que es necesario ordenar el espacio público en la Av. Mullally, frente a la Plaza Hipólito Yrigoyen, durante los días sábados, domingos y feriados, a fin de garantizar un ámbito seguro y adecuado para la disposición del Paseo Gastronómico;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo N°1: - Creación y denominación.
Créase el Paseo Gastronómico - Plaza Hipólito Yrigoyen como espacio exclusivo de instalación de carros gastronómicos locales, en la traza de la Av. Mullally entre Gobernador Centeno y Sarmiento, sobre lado oeste, los días sábados, domingos y feriados, conforme plano y croquis que se aprueban como Anexo I de la presente.
Artículo N°2: - Días y horarios.
El DEM adecuará la franja horaria de acuerdo a la estacionalidad (ej. horario de verano/invierno) para los días sábados, domingos y feriados, pudiendo extenderse a los fines de semana largos y/o a eventos especiales que se realizarán en la Plaza durante el resto de los días de la semana.
Artículo N°3: - Exclusividad y restricción vehicular.
Durante el horario establecido, se restringirá el estacionamiento y detención de vehículos particulares en el tramo afectado de Av. Mullally entre Gobernador Centeno y Sarmiento, sobre lado oeste, indicado en el Anexo I; mediante la colocación de vallas, conos y/o señalética vertical y horizontal, a excepción del estacionamiento reservado para motocicletas. La autoridad de tránsito solicitará el retiro de los vehículos estacionados en dicho sector, durante el horario fijado por el DEM, bajo apercibimiento de labrar acta de infracción conforme a la normativa vigente.
Artículo N°4: - Capacidad.
El DEM delimitará los espacios para cada carro gastronómico con separación mínima de 2,50 m entre cada una de las unidades; teniéndose en cuenta la orientación de los mismos para preservar la seguridad y cruces peatonales; y manteniéndose despejadas las rampas y sendas peatonales, garantizando la circulación segura y la accesibilidad.
Artículo N°5: - Procedimiento de inscripción.
Para participar del Paseo Gastronómico - Plaza Hipólito Yrigoyen los propietarios de carros gastronómicos deberán inscribirse en el Registro de Emprendedores, quien preverá el ordenamiento y lo comunicará a cada emprendedor y a la Dirección de Prevención y Convivencia Ciudadana.
Artículo N°6: - Sanciones.
Las infracciones a la presente serán sancionadas conforme al Código de Faltas Municipal.
Artículo N°7: Comuníquese al DEM, publíquese, regístrese y archívese.
ORDENANZA N°35/2025.
ACTA N°2444.-
Anexo I
(ver imagen en el original)

